Publicado y traducido por la firma Winter – Dávila & Associés
París, 01 de junio de 2022.

David Winter


Autor: David Winter

Abogado en Francia y en España, licenciado en Derecho por la Université Paris 1 Panthéon – Sorbonne (Francia). Es miembro del Barreau de Paris desde el 2012 y del Ilustre Colegio de abogados de Madrid desde el 2018. Cuenta con la distinción de ser socio fundador del Cabinet Montmartre, prestigioso despacho de abogados de París, como también de Winter – Dávila & Associés, firma internacional compuesta por abogados. 

Actualmente forma parte de la lista de representantes de deportistas del Barreau de Paris

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Las actividades físico-deportivas generan litigios, el más extenso de los cuales es sin duda el de la responsabilidad civil. Como estas actividades son, por naturaleza, arriesgadas, a menudo son ocasión de accidentes, por los que las víctimas no dudan en exigir la responsabilidad de sus causantes. Este estado de cosas explica también el desarrollo actual del uso de los seguros en el ámbito del deporte, lo que no deja de tener consecuencias en la aplicación de las normas de responsabilidad civil por parte de los jueces.

En aras de la brevedad, este artículo examinará el marco del accidente deportivo, los regímenes de indemnización y los diferentes daños compensables.

1- ¿Qué es un accidente deportivo?

 Es un accidente que se produce durante la práctica del deporte, ya sea en el marco de un club o asociación deportiva, o durante la práctica libre.

Algunos ejemplos son:

– Accidentes de baloncesto

– Accidentes de fútbol

– Accidentes de voleibol

– Accidentes de balonmano

– Accidentes de tenis

– Accidentes de caballo y equitación

– Accidentes de ciclismo (ciclismo de carretera, ciclismo de montaña, etc.)

– Accidentes de esquí y snowboard

– Accidentes de escalada

– Accidentes de patinaje en línea y en monopatín

– Accidentes de surf y bodyboard

– Accidentes de canyoning

– Accidentes de deportes de motor (karting, moto, motocross, etc.)

– Accidentes de parapente

– Accidentes en deportes de combate (boxeo, karate, judo, taekwondo, MMA, etc.)

Por supuesto, la lista no es exhaustiva, hay tantos casos como disciplinas deportivas.

Cuando el accidente se produce en el marco de una competición o una actividad en un club con licencia deportiva, no es raro que la víctima haya contratado un seguro federativo con su club. Se plantea entonces la cuestión de la calidad de la cobertura de seguro ofrecida por la federación deportiva, sobre todo en lo que respecta a los límites máximos de indemnización y a la forma de activarla.

TAMBIÉN PUEDE VER: Las cláusulas de rescisión en los contratos de futbolistas en Francia

 2- ¿En qué casos puede la víctima reclamar una indemnización? ¿Cuáles son los regímenes de indemnización por accidente deportivo?

El régimen de indemnización varía en función de la responsabilidad o no de un tercero en el accidente.

a) Si el accidente es causado por un tercero

Si un tercero es responsable del accidente deportivo (otro deportista, compañero u oponente, organizador del evento, etc.), es en principio el seguro de “responsabilidad civil” del tercero el que debe indemnizar por completo las lesiones del afectado.

Por lo tanto, es esencial reunir todas las pruebas necesarias para demostrar la culpa del tercero y su responsabilidad.

Más concretamente, le corresponde a la victima probar la existencia de una culpa por parte del tercero, una lesión corporal sufrida y una relación de causalidad entre la lesión corporal y la culpa cometida por el tercero.

Esta prueba puede aportarse por cualquier medio (hojas de partido, testimonios, etc.).

En la mayoría de los casos, la compañía de seguros del tercero cuya responsabilidad se pretende probar tratará de alegar el principio de aceptación del riesgo y/o la culpa de la víctima para reducir la indemnización o incluso cuestionar el propio principio.

En caso de que se acredite, la totalidad de los perjuicios sufridos, tanto económicos como no económicos, serán indemnizados por el seguro de responsabilidad civil del tercero, salvo que el accidente sea consecuencia de un acto voluntario.

Foto: pixabay.com

b) Accidente deportivo sin presencia de terceros

Si no hay terceros implicados en el accidente deportivo, la única solución para obtener una indemnización será recurrir a la existencia de un seguro que tú mismo hayas contratado.

Si el accidente se produjo en el marco de un deporte para el que la víctima es titular de una licencia, es posible contratar un seguro vinculado a la licencia deportiva. Sin embargo, la cobertura ofrecida suele ser débil.

También podría tratarse de la existencia de una garantía de “accidente de vida”. En este caso, debe prestar especial atención a las condiciones de indemnización previstas en el contrato. De hecho, algunos contratos de este tipo excluyen las actividades deportivas consideradas de riesgo, en particular los deportes aéreos.

Además, debe tener cuidado con el plazo para declarar los daños, así como con los métodos para evaluar e indemnizar sus pérdidas.

3- ¿Qué daños se pueden indemnizar?

a) Indemnización de derecho común por el asegurador de la responsabilidad civil del tercero

En este caso, si se reconoce la responsabilidad de un tercero, la indemnización se basará en el principio de compensación total. En otras palabras, la asignación de sumas de dinero tendrá como objetivo devolver a la víctima a la situación en la que se encontraría si no se hubiera producido el accidente.

Son muchos los elementos que se consideran como daños que dan derecho a indemnización y que se recogen en la llamada “nomenclatura DINTILHAC”. Incluyen, por ejemplo

– Gastos sanitarios a cargo de la víctima

– Gastos diversos

– Gastos de alojamiento o de un vehículo adaptado

– Asistencia de terceros

– Perjuicio profesional (pérdida de ingresos profesionales actuales, pérdida de ingresos profesionales futuros, impacto profesional)

– Pérdidas educativas, universitarias o de formación

– Daños cosméticos

– El sufrimiento soportado

– Déficit funcional temporal y déficit funcional permanente

– Lesión sexual

– Pérdida de disfrute

– Gastos de funeral y entierro

– Pérdida de afecto

– Pérdidas económicas para los familiares

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La indemnización varía en función de una serie de criterios como la gravedad de las secuelas, la edad de la víctima, su situación personal y profesional, etc. También y sobre todo requiere una valoración objetiva a la luz de la jurisprudencia y la práctica.

b) Compensación a través de una garantía contractual

La indemnización dependerá de las cláusulas del contrato de seguro.

Por lo tanto, para conocer el importe que se adjudicará, habrá que remitirse a las condiciones generales y particulares del contrato firmado.

Hay que tener en cuenta que en el contrato se pueden prever topes o franquicias que supongan una reducción de la indemnización.

En cualquier caso, y con carácter general, es muy recomendable recurrir a los servicios de un profesional que, dominando el procedimiento de principio a fin, pueda acompañarle durante todo el proceso de indemnización, tanto de forma amistosa como judicialmente si es necesario.

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Idioma original del artículo: Francés

AVISO LEGAL: Este artículo ha sido preparado sólo con fines informativos. No es un sustituto de asesoramiento legal dirigido a circunstancias particulares. No debe tomar o abstenerse de tomar cualquier acción legal basada en la información contenida sin primero buscar asesoramiento profesional, individualizado basado en sus propias circunstancias. La contratación de un abogado es una decisión importante que no debe basarse solamente en anuncios.

Este artículo ha sido publicado por la firma Winter – Dávila & Associés, sociedad con sede principal en París, compuesta de abogados en Francia que hablan español, especializados en arbitraje internacional, derecho corporativo, derecho deportivo  y representación en general.

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