Autor: David Winter 🇫🇷
Abogado representante de deportistas
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Publicado por la firma Winter – Dávila & Associés
París, 5 de diciembre de 2023.
Como es de público conocimiento, el 1 de octubre de 2023 entró plenamente en vigor el nuevo Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA (Federación Internacional de Fútbol Asociación) el mismo que introdujo varias modificaciones normativas, siendo la más resaltante:
- La limitación de los honorarios que pueden percibir los agentes (3%, 5%, 6% y 10% como máximo) en una transferencia de un jugador de fútbol (Artículos 15.1 y 15.2)
Como era de esperarse, el mencionado reglamento fue recibido con muchas críticas por parte de los agentes de fútbol e incluso desde un inicio, se mencionó en varios foros especializados en Derecho Deportivo, que el tope de la comisión establecido era contrario a la legislación europea y a la legislación nacional de muchos Estados.
¿Cuáles han sido los pronunciamientos de los tribunales europeos contrarios a la FIFA?
Aunque no existe un pronunciamiento en todos los Estados que conforman la Unión Europea, tenemos tres decisiones a la fecha de redacción del presente artículo, por lo que iremos del más reciente al más antiguo.
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Inglaterra
Si bien es cierto que oficialmente el Reino Unido se encuentra fuera de la Unión Europea, desde el 31 de enero de 2020, también es cierto que las cuatro (4) federaciones (Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte) que pertenecen a este Estado siguen siendo miembros de la UEFA (Unión de Federaciones Europeas de Fútbol). En ese sentido, para efectos prácticos del presente artículo, vamos a considerar a Inglaterra como parte de Europa o en todo caso de la UEFA.
Hecha la aclaración, tenemos que el más reciente, de los pronunciamientos contra el Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA, ha sido efectuado en Inglaterra el 30 de noviembre de 2023.
Efectivamente, el último mes de junio, un grupo de las principales agencias inglesas presentó una demanda ante un Tribunal Arbitral de la Asociación Inglesa de Fútbol, el mismo que ha resuelto que el límite a las comisiones de los agentes de fútbol es ilegal, puesto que atenta con su Ley de Competencia de 1998.
En tal sentido, la demanda presentada por las principales agencias inglesas, es un nuevo duro golpe a la FIFA, teniendo en cuenta la preponderancia del fútbol inglés.
España
Del mismo modo, el pasado 2 de noviembre de 2023, un Juzgado de lo Mercantil de Madrid, ordenó a la FIFA y a la RFEF (Real Federación Española de Fútbol) abstenerse de aplicar los artículos 15.1 y 15.2 del nuevo Reglamento, es decir los referidos al tope de las comisiones, por ir en contra del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) de España.
Cabe resaltar que en este caso, la demanda también fue promovida por las agencias más importantes de España.
Alemania
Finalmente, el primer pronunciamiento contra la aplicación del Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA se dio en Alemania el 24 de mayo de 2023.
Efectivamente, el Tribunal Regional de Dortmund prohibió a la FIFA y a la FAF (Federación Alemana de Fútbol) aplicar cualquier limitación relativa a los honorarios de los agentes de fútbol.
De acuerdo al aludido Tribunal, la limitación de los honorarios impone a los agentes la obligatoriedad de realizar un comportamiento uniforme al momento negociar, lo que significa una fijación de precios que va en contra de la competencia, restringiendo la libertad económica individual del mercado.
El caso particular de Francia
En el país galo, las leyes y los reglamentos, que prevalecen sobre los reglamentos de la FIFA, establecen que la actividad de agente deportivo sólo puede ser ejercida en Francia, por una persona que posea una licencia de agente deportivo emitida por la Federación Francesa de Fútbol (FFF), tras aprobar un examen en las condiciones definidas en los artículos R.222-14 y siguientes del Código del Deporte francés. Por lo tanto, el nuevo Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA no se aplica en Francia.
No obstante, es preciso resaltar que el propio Reglamento de Agentes de Fútbol de Francia, establece en su artículo 6.2.2 un límite a los honorarios que puede percibir un agente, el mismo que se ha fijado al 10% (como máximo) de la remuneración del jugador.
¿Cuáles han sido los pronunciamientos favorables a la FIFA?
Tribunal Arbitral del Deporte (TAS)
El más conocido y a su vez el más publicitado fue el laudo, de fecha 24 de julio de 2023, emitido por el Tribunal Arbitral del Deporte de Lausana, Suiza, que enfrentó a la Asociación Profesional de Agentes de Fútbol (PROFAA por sus siglas en inglés) contra la FIFA.
En el mencionado laudo arbitral, el TAS confirmó la legalidad y validez del Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA.
Asimismo, de acuerdo al sitio web de la FIFA los Tribunales de Bélgica, República Checa, Países Bajos y Suiza también han confirmado la legalidad del Reglamento.
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Conclusión
Teniendo en cuenta que existen pronunciamientos contradictorios sobre la aplicación del Reglamento sobre Agentes de Fútbol de la FIFA, no es posible concluir determinantemente si es legal o ilegal.
Empero, queda claro que la FIFA ha perdido batallas legales en 4 (Inglaterra, España, Alemania y Francia) de las 5 ligas más importantes del mundo (Falta solo Italia).
En ese sentido, el máximo ente del fútbol mundial deberá determinar si da marcha atrás con esta iniciativa, modificando el Reglamento sobre Agentes de Fútbol o, si por el contrario, persiste con el actual.
AVISO LEGAL: Este artículo ha sido preparado sólo con fines informativos. No es un sustituto de asesoramiento legal dirigido a circunstancias particulares. No debe tomar o abstenerse de tomar cualquier acción legal basada en la información contenida sin primero buscar asesoramiento profesional, individualizado basado en sus propias circunstancias. La contratación de un abogado es una decisión importante que no debe basarse solamente en artículos.
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